Por iniciativa del diputado Daniel San Cristóbal el Cuerpo Legislativo acompañó la resolución por la que expresan acompañamiento a la resolución del Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), Amado Boudou, que garantiza el derecho al cobro de la pensión por viudez para las parejas homosexuales, siendo éste un avance hacia el reconocimiento de derechos.
Paralelamente resolvieron remitir copia de la presente resolución a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a la Comunidad Homosexual Argentina (CHA).
La aprobación del proyecto dividió la votación 6 diputados se abstuvieron, Miguel Ángel Senicen, Basilio Kuzmak, Jorge Guc, Oscar Dudik, Ricardo Sánchez y Luis Verdún.
En tanto la diputada Clelia Ávila manifestó su voto en contra porque atenta contra los preceptos constitucionales que protege a la familia basada en la unión del hombre y la mujer como célula primaria y fundacional de la sociedad, determinado en el artículo 35 de la Carta Magna Provincial.
Fundamentos
San Cristóbal resumió que “el pasado sábado 16 de agosto, en una reunión en Casa de Gobierno, entre la presidenta Cristina Fernández, el jefe de gabinete, Sergio Massa, el Ministro de Trabajo, Carlos Tomada, y el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), Amado Boudou, se acordó la preparación de una resolución que tiene por objetivo garantizar derecho al cobro de la pensión por viudez para las parejas homosexuales, según varios medios periodísticos.
La mencionada resolución que fortalece la no discriminación de las mujeres y hombres homosexuales, será firmada este martes 19 de agosto y tiene alcance nacional, siendo la misma una vieja reivindicación de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) que ha generado ya presentaciones judiciales e incluso dictámenes del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo considerando las limitaciones al acceso como discriminatorias.
Para el cobro de la pensión por viudez será necesario acreditar una convivencia de por lo menos cinco años mediante la presentación de pruebas documentales como por ejemplo cuentas bancarias, inmuebles en común o certificados que demuestren que el inmueble estaba a nombre de uno y los servicios los pagaba el otro.
"Este proceso de probatoria ya existe y hasta ahora sólo regía para parejas heterosexuales", dijo Boudou.
"A través de la ANSeS vamos a reconocer este derecho en sede administrativa sin necesidad de que se recurra a un juzgado", afirmó Boudou. Según el funcionario, hoy hay cuatro casos en la Justicia sin fallo definitivo.
Con la firma de la resolución y su publicación, el próximo miércoles, en el Boletín Oficial, la norma entrará en vigencia.
Como se cita en su texto, esta decisión es una nueva interpretación de las normas a la luz de la reforma constitucional, de los tratados internacionales suscriptos por la Argentina y de la experiencia de otros países, sobre todo del hemisferio norte. Este contexto, dice la resolución, "exige replantear en el ámbito de la ANSeS el criterio adoptado hasta la fecha" e "interpretar las normas vigentes acorde con esa igualdad de trato para el otorgamiento de derechos fundamentales como son los derivados de la Seguridad Social". Fuentehttp://www.clarin.com
